Usted está aquí: Inicio Acreditación Evidencias 1. Informe de reflexión sobre las medidas puestas en marcha para favorecer y mejorar la intimidad y confidencialidad en la atención a los ciudadanos (manejo de la historia de salud, solicitud de autorización para dar información a terceras personas...)

1. Informe de reflexión sobre las medidas puestas en marcha para favorecer y mejorar la intimidad y confidencialidad en la atención a los ciudadanos (manejo de la historia de salud, solicitud de autorización para dar información a terceras personas...)

por Matronas Ubeda Última modificación 09/11/2012 19:39 Esta web pretende ser una ayuda al profesional para su acreditación. Declinamos toda responsabilidad en tí. En tu mano está utilizar la información proporcionada, la cual puede ser tomada por correcta o no por la agencia de calidad sanitaria de Andalucía
GRUPO I: Adopción de medidas para garantizar la privacidad e intimidad.

1. Actuaciones para preservar la intimidad durante la actividad asistencial (evitar interrupciones, presencia de alumnos u otras personas, exploraciones sensibles…).

INTIMIDAD: (DRAE) "Zona espiritual íntima y reservada de una persona."Existe un anexo en el contrato programa del SAS 2005-2008 (2008) que habla de un plan de mejora de la intimidad, donde se describe unos objetivos y actuaciones para preservar y garantizar la intimidad

2. Actuaciones para garantizar la intimidad y privacidad en la información al paciente y/o familia.


PRIVACIDAD: (DRAE) "Ámbito de la vida privada que se tiene derecho a proteger de cualquier intromisión"

Aparte del lo expueso en el apartado anterior, pasaté por la LEY ORGANICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.


3. Actuaciones para garantizar la confidencialidad en el manejo de las historias de salud.

CONFIDENCIAL (DRAE) "Que se hace o se dice en confianza o con seguridad recíproca entre dos o más personas"

Aparte de lo dicho en el plan de mejora de la intimidad, hay algo sobre el manejo de las historias clínicas puedes verlo en el CAPITULO V de la LEY 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Además los hospitales suelen tener un protocolo sobre almacenamiento, conservación y préstamo de historias clínicas

Otro documento interesante a consultar, son las RECOMENDACIONES DE LA AGENCIA DE CALIDAD SANITARIA, en concreto la numero 10 " Garantizar la confidencialidad de la información clínica en uniodades asistenciales.


4. Propuestas de mejora

Imaginación al poder. Incluye aquí las cosas que veas que no se cumplen según la documentación anterior

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